Fecha inicio
04/03/2018
Fecha fin
01/10/2018
SUBVENCIÓN CONTRATO EN PRÁCTICAS
Objeto
Subvencionar contratos formativos en prácticas a tiempo completo, que reúnan los requisitos legalmente establecidos para formalizar este tipo de contrato, que se realicen a jóvenes desempleados que con anterioridad a la fecha del contrato no hayan cumplido 30 años de edad y se encuentren inscritos como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Región de Murcia.
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, las empresas cuyo centro de trabajo, para el que se realice la actividad objeto de subvención, se encuentre en la Región de Murcia y formalicen contratos de trabajo definidos como subvencionables.
Requisitos
Será requisito necesario para poder obtener la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de regulación, que la empresa solicitante no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en particular, deberá:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.
Formalizar contratos formativos en prácticas a tiempo completo, que reúnan los requisitos legalmente establecidos para formalizar este tipo de contrato que se realicen a jóvenes desempleados, que con anterioridad a la fecha de inicio del contrato de trabajo cumplan los siguientes requisitos.
- No hayan cumplido 30 años de edad y se encuentren inscritos como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo del SEF.
Requisitos Posteriores
Sin perjuicio de las obligaciones que con carácter general se establecen en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, los beneficiarios deberán cumplir la siguiente obligacion:
a) Mantenimiento del puesto de trabajo. Las empresas beneficiarias vendrán obligadas al mantenimiento de los contratos por el periodo subvencionado y se iniciará a partir de la fecha de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
Asimismo deben cumplirse los requisitos establecidos en el art 12 de la Orden de 6 de abril de 2015, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia, modificada por la Orden de 6 de junio de 2016 y la Orden de 3 de mayo de 2017.