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¿Autónomo por acuerdo mutuo? (Infografía)

Un candidato propone a su empresa trabajar como autónomo para ahorrar costes. ¿Puede aceptar?

¿Autónomo por acuerdo mutuo? (Infografía)

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Infografía elaborada con Inteligencia Artificial – Nano Banana

Lo importante en estos casos es analizar cómo se prestarán realmente los servicios, y no cómo decidan llamarlos las partes (es decir, la empresa y el trabajador) o cómo se formalice el contrato. Si la persona trabajará dentro de la empresa, bajo su organización, siguiendo sus instrucciones y desarrollando la actividad como un trabajador más:

  • Existirá una relación laboral, aunque ambas partes estén de acuerdo en firmar un contrato mercantil formalmente y utilizar facturas de autónomo.
  • El acuerdo entre empresario y trabajador no elimina los riesgos. La condición de autónomo no depende de la voluntad de las partes, sino de la forma en la que se desarrolla realmente la actividad.

Por ejemplo, si la persona acude diariamente al centro de trabajo, utiliza los medios de la empresa, trabaja con los horarios fijados, recibe instrucciones sobre los pedidos o sólo disfruta de las vacaciones y de permisos cuando la empresa se lo acepta (entre otros indicios), difícilmente podrá considerarse un auténtico profesional independiente.

Además, el hecho de que el propio trabajador sea quien proponga darse de alta como autónomo no impide que posteriormente pueda reclamar la existencia de una relación laboral (la situación puede ser pacífica al principio y deteriorarse con el paso del tiempo). En el momento de la extinción, la misma persona puede exigir que la empresa le abone la indemnización correspondiente a un trabajador por cuenta ajena (o el reconocimiento de las diferencias salariales, las cotizaciones y cualquier otro derecho derivado de una relación laboral ordinaria).

Asimismo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede actuar, aunque no se haya presentado una denuncia. Es decir, una visita inspectora aleatoria o un accidente de trabajo pueden destapar la situación, derivando en una importante deuda de cuotas de Seguridad Social, recargos, sanciones e intereses.

 

Nuestros profesionales le informarán de cualquier duda que tenga sobre la figura del falso autónomo.

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